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Desde el 2015 existe la opción de divorciarse de mutuo acuerdo en una Notaria, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos:

1º.-Que sea un divorcio de mutuo acuerdo.

2º.-Que se lleve más de tres meses casados.

3º.-Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.

Ha de comparecerse asistido de Letrado en ejercicio, que redactará un convenio regulador que se unirá a la escritura de divorcio notarial. Posteriormente, habrán de ir los cónyuges a firmar la misma, junto con el abogado, a la Notaria designada que, posteriormente remitirá esa escritura al Registro Civil donde se inscribió el matrimonio, para que se anote al margen el divorcio.

Si existieran hijos mayores de edad también se podría firmar la escritura de divorcio notarial, pero éstos tendrían que prestar su consentimiento, y también comparecer el día de la firma de la escritura.

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